Es fundamental aplicar correctamente las normativas exigidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, es por eso que en el Capítulo C de la OGUC Ilustrada, Vol. II de la Arquitectura te mostraremos de manera gráfica las condiciones de cada punto referente a aislación térmica.
Tal como lo exige el Art. 4.1.10 de la O.G.U.C., todas las viviendas deberán cumplir con las exigencias de acondicionamiento térmico señalados en este capítulo. Estas exigencias se deben aplicar a todos los elementos que conformen la envolvente de la vivienda: complejos de techumbre, muros perimetrales y pisos ventilados.
Las condiciones de las normativas varían dependiendo de los planos de zonificación térmica, ya que este documento el que determina los parámetros a seguir según la zona en que se encuentre el proyecto, y las condiciones térmicas que apliquen en éste.
La aplicación y cumplimiento de las exigencias establecidas en la O.G.U.C. pueden ir desde la solución constructiva que se utiliza en el proyecto, a través de la incorporación de un material aislante, o mediante un cálculo que demuestre el cumplimiento de la transmitancia o resistencia térmica del complejo de techumbre, muro y piso ventilado.
Para el mejor entendimiento de cada punto de la norma, puedes encontrar diversos detalles, que explican cómo se deben aplicar los elementos constructivos. Además, para el desarrollo de cálculos térmicos, en la OGUC Ilustrada Vol. II de la Arquitectura tendrás ejercicios prácticos que te ayudarán en la aplicación de estos requisitos en tu proyecto. Para más información visítanos en www.ogucilustrada.cl.