¿Sabes la cantidad de normas y exigencias establecidas que debes seguir si quieres proyectar un edificio destinado al hospedaje de personas? Es fundamental tener conocimiento de esto al momento de querer diseñar un espacio cómodo y funcional para los usuarios. En el Capítulo J de la OGUC Ilustrada, Vol. II de la Arquitectura, te explicamos detalladamente la normativa al respecto.
Primero hay que tener claro que las normas dictadas por la Ordenanza no son las únicas que hay que seguir, el Artículo 4.9.1. de la O.G.U.C. detalla que, en el caso de hoteles y moteles, los reglamentos especiales establecidos por el Ministerio de Economía y Fomento y Reconstrucción y por el Ministerio de Salud también son parte de los requerimientos obligatorios. Por otro lado, se especifican temas relacionas a las circulaciones, como podemos ver en el esquema explicativo del Art. 4.9.4. de la O.G.U.C. que establece que los establecimientos de 3 o más pisos que contemplen más de 50 habitaciones o una carga de ocupación superior a 50 personas, tienen que tener como mínimo dos escaleras, pudiendo ser una de ellas de servicio.
Además, se exponen temas relacionados a la evacuación de los recintos, norma contra incendio a aplicar, los artefactos que deben ser implementados y los requerimientos de estos, entre otros que podrás encontrar en la OGUC Ilustrada Vol. II de la Arquitectura. Para más información visítanos en www.ogucilustrada.cl