(Tema desarrollado en la página 196, de la OGUC Ilustrada, Tomo I del Urbanismo)
Expresión de la densidad
La densidad es expresada como "Densidad Bruta" y "Densidad Neta"
DDU - ESP 039 - 09
Los instrumentos de planificación territorial que fijen densidad, deberán expresarla como densidad bruta, en habitantes por hectárea.[1]
La O.G.U.C. define densidad bruta como el número de unidades por unidad de superficie, en que la superficie a considerar es la del predio en que se emplaza el proyecto, más la superficie exterior, hasta el eje del espacio público adyacente, sea éste existente o previsto en el Instrumento de Planificación Territorial, en una franja de un ancho máximo de 30 m [Figura 1].[2]
Figura 1:
[1] DDU-ESP 039-09 Circular Ord. No 0659, Disposiciones Generales; Planificación Urbana, Santiago, 26 agosto, 2009.
[2] Artículo 1.1.2. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Santiago, Chile, Septiembre de 2019.
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